Primero: protegé tu salud

Si existe una urgencia, pedí asistencia inmediata o concurrí al centro médico más cercano. No retrases una atención necesaria para averiguar primero cuál es el prestador de la ART.

Cuando la situación esté estabilizada, informá que el hecho ocurrió trabajando o durante el trayecto laboral. Conservá toda constancia de la primera atención, incluso si fue brindada por una guardia pública, obra social o servicio de emergencias.

¿Qué se considera accidente de trabajo?

La Ley de Riesgos del Trabajo comprende el acontecimiento súbito y violento ocurrido por el hecho o en ocasión del trabajo. También contempla, bajo determinadas condiciones, el accidente ocurrido en el trayecto entre el domicilio y el lugar de trabajo.

No siempre el hecho debe producirse dentro del establecimiento. Una lesión durante una tarea fuera de la empresa, un traslado ordenado, una comisión laboral o el recorrido habitual puede requerir cobertura según las circunstancias.

Qué hacer inmediatamente

01

Solicitá atención médica y cumplí las indicaciones de urgencia.

02

Avisá al empleador o responsable y describí cómo, dónde y cuándo ocurrió.

03

Pedí que se efectúe la denuncia ante la ART y obtené el número de siniestro.

04

Identificá testigos y preservá fotos, mensajes y demás constancias.

Cómo denunciar el accidente ante la ART

La comunicación al empleador debe realizarse lo antes posible. Pedí una constancia escrita y los datos de la ART. Si la empresa demora, niega el hecho o no realiza la denuncia, el trabajador o un familiar puede comunicarse directamente con la aseguradora.

Al denunciar, indicá fecha y hora, lugar, tarea que estabas realizando, mecanismo del accidente, zona del cuerpo afectada y atención recibida. Solicitá el número de denuncia o siniestro, el prestador asignado y una copia de las instrucciones.

Qué pruebas conviene conservar

  • Constancia de la denuncia y número de siniestro.
  • Certificados, estudios, recetas, indicaciones y altas médicas.
  • Fotos o videos del lugar, la herramienta o las lesiones.
  • Datos completos de compañeros y demás testigos.
  • Mensajes enviados al empleador, supervisor o sector de personal.
  • Registro de ingreso, egreso, turnos y tareas del día.
  • Comprobantes de traslados y gastos vinculados con la atención.
  • En accidentes de tránsito, datos de vehículos, seguros y actuación policial.

Escribí un relato cronológico mientras los hechos están recientes. No alteres documentos ni obtengas información mediante accesos que no te correspondan.

Cómo preservar mensajes, documentos y archivos laborales →

Qué prestaciones debe brindar la ART

La cobertura puede comprender asistencia médica y farmacéutica, prótesis y ortopedia, rehabilitación y recalificación profesional. Esas prestaciones deben continuar hasta la curación completa o mientras subsistan síntomas incapacitantes, según las reglas del sistema.

Cuando la lesión impide trabajar temporalmente, también existe una prestación dineraria. La ley distribuye su pago entre el empleador durante los primeros diez días y la ART desde el día siguiente, sin perjuicio de que la aseguradora asuma las prestaciones médicas.

Durante el tratamiento

  • Asistí a los turnos y estudios indicados.
  • Informá por escrito si no podés concurrir y pedí reprogramación.
  • Explicá todos los síntomas y limitaciones, aunque aparezcan después.
  • Solicitá copia de los estudios, certificados y constancias de atención.
  • No realices tareas incompatibles con la baja o las indicaciones médicas.
  • Registrá demoras, falta de turnos o interrupciones del tratamiento.

La negativa injustificada a recibir determinadas prestaciones puede generar consecuencias. Si existe una indicación que considerás riesgosa o inadecuada, buscá asesoramiento antes de rechazarla sin dejar constancia.

Accidente en el trayecto al trabajo

El accidente in itinere puede estar cubierto si ocurrió en el trayecto entre el domicilio y el lugar de trabajo y el recorrido no fue interrumpido o modificado por razones ajenas al trabajo.

Guardá ubicación, horario, pasajes, datos de transporte, fotografías, testigos, atención del SAME o servicio local, denuncia policial y documentación del tránsito. Si el trayecto habitual había sido modificado por estudio, otro empleo o atención de un familiar directo, la ley prevé una comunicación específica al empleador.

¿Qué pasa si la empresa no me tenía registrado?

La falta de registración no convierte el accidente en un hecho particular ni elimina automáticamente los derechos del trabajador. Puede cambiar quién debe responder y cómo se instrumenta el reclamo.

Conservá especialmente la prueba de la relación laboral, las tareas, el lugar y el horario. No aceptes que el hecho sea presentado como ocurrido fuera del trabajo si esa versión no coincide con la realidad.

Errores que conviene evitar

  • Restar importancia al accidente y no denunciarlo porque el dolor parecía leve.
  • Describir un mecanismo distinto para evitar problemas a la empresa.
  • Firmar una constancia sin leer o con datos incorrectos.
  • Perder el número de siniestro y la documentación médica.
  • Faltar a turnos sin justificar ni solicitar una nueva fecha.
  • Confundir el alta médica con la inexistencia de una posible incapacidad.
  • Aceptar dinero o un acuerdo privado sin conocer sus efectos.

Pasos recomendados

  1. Atendé la urgencia.La salud tiene prioridad sobre cualquier trámite administrativo.
  2. Denunciá el hecho.Informá al empleador y verificá que la ART haya abierto el siniestro.
  3. Documentá lo ocurrido.Reuní certificados, fotografías, testigos y comunicaciones.
  4. Cumplí el tratamiento.Conservá cada indicación y dejá constancia de cualquier inconveniente.
  5. Consultá ante un conflicto.Un rechazo, un alta prematura o una secuela requieren analizar los plazos y el procedimiento aplicable.

Preguntas frecuentes

¿Puedo denunciar si mi empleador no quiere hacerlo?

Sí. Podés comunicarte directamente con la ART y formular la denuncia. Conservá prueba de los avisos realizados a la empresa.

¿Qué pasa si el dolor apareció al día siguiente?

Denunciá igualmente y explicá cuándo aparecieron los síntomas y su relación con el hecho. La demora y la falta de constancias pueden dificultar la prueba, pero no resuelven por sí solas el caso.

¿La ART puede cobrarme por la atención?

Las prestaciones propias del sistema deben ser brindadas por la ART. Guardá cualquier factura o exigencia de pago para poder reclamarla.

¿Tengo que atenderme solamente donde indica la ART?

En una urgencia debés priorizar la atención necesaria. Luego, la ART organiza sus prestadores y tratamiento; si existe una discrepancia, no abandones la atención sin dejar constancia y asesorarte.

¿El alta significa que no tengo derecho a indemnización?

No necesariamente. El alta finaliza la incapacidad temporaria, pero puede discutirse si quedaron secuelas y corresponde determinar una incapacidad permanente.

Podés consultar la definición de accidente, las prestaciones y el procedimiento en el texto actualizado de la Ley de Riesgos del Trabajo y la información institucional de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo.

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