¿Qué es el preaviso?

Es la comunicación anticipada de la decisión de extinguir el contrato de trabajo. Su finalidad es evitar una ruptura intempestiva y permitir que la otra parte conozca con anticipación cuándo finalizará la relación.

Si el empleador despide sin otorgar el preaviso completo, puede corresponder una suma equivalente a la remuneración que el trabajador habría percibido durante ese plazo.

¿Cuándo corresponde uno o dos meses?

Conforme al texto vigente del artículo 231 de la Ley de Contrato de Trabajo, el preaviso que debe otorgar el empleador es:

  • Un mes: cuando la antigüedad no supera cinco años.
  • Dos meses: cuando la antigüedad es superior a cinco años.
  • Durante el período de prueba: actualmente no se exige preaviso.

Por ejemplo, una persona con cuatro años de antigüedad tiene un plazo de un mes. Si supera los cinco años, el plazo pasa a ser de dos meses.

¿Qué ocurre si no lo otorgan?

La omisión o el otorgamiento insuficiente genera, como regla, una indemnización sustitutiva equivalente a la remuneración correspondiente al período faltante. Este concepto es independiente de la indemnización por antigüedad y debe aparecer separado en el cálculo.

Si el empleador otorgó solamente una parte del plazo, debe analizarse la diferencia pendiente y la forma en que fue comunicada.

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¿Desde cuándo comienza a correr?

El plazo comienza el día siguiente al de la notificación. La comunicación debe poder probarse por escrito, por lo que resultan centrales el telegrama, la carta documento y sus fechas de recepción.

Cuando existe un preaviso válido, el contrato continúa vigente hasta su finalización. Durante ese tiempo se mantienen las obligaciones de ambas partes y el trabajador continúa percibiendo su remuneración.

Licencia para buscar otro empleo

Durante el preaviso otorgado por el empleador, el trabajador tiene derecho —sin reducción salarial— a una licencia de dos horas diarias dentro de la jornada legal. Puede optar por utilizar las primeras o las últimas horas, o acumularlas en una o más jornadas completas.

Si el empleador libera al trabajador de prestar tareas durante el plazo, debe abonar las remuneraciones correspondientes.

Preaviso e integración del mes de despido

Son conceptos distintos. Si el despido sin preaviso se produce en una fecha que no coincide con el último día del mes, puede corresponder además la integración con los salarios de los días faltantes hasta finalizarlo. La integración no procede durante el período de prueba.

Por eso, una liquidación puede contener indemnización por antigüedad, preaviso e integración del mes, además de los salarios, SAC y vacaciones proporcionales.

¿El trabajador también debe preavisar?

La ley establece para el trabajador un plazo de quince días. Sin embargo, sus consecuencias no deben confundirse con las reglas aplicables al despido dispuesto por el empleador. Si existen presiones para renunciar o dudas sobre la forma de finalizar el vínculo, conviene asesorarse antes de enviar cualquier comunicación.

Documentación que conviene guardar

  • Telegrama o carta documento y su sobre.
  • Recibos de sueldo de los últimos meses.
  • Constancia de la fecha de ingreso.
  • Comunicaciones sobre la obligación de continuar trabajando o la liberación de tareas.
  • Liquidación final y comprobante del depósito.
  • Mensajes o correos relacionados con la desvinculación.

Qué revisar ante un despido

  1. Controlá la antigüedad.Determina si el preaviso del empleador es de uno o dos meses.
  2. Verificá las fechas.Compará la fecha de recepción con la fecha efectiva de finalización.
  3. Revisá si fue completo.Una comunicación tardía puede dejar un período pendiente de indemnización.
  4. Separá cada rubro.El preaviso no reemplaza la antigüedad, la integración ni los conceptos finales.
  5. No firmes sin comprender.Consultá el alcance de la liquidación o del acuerdo antes de aceptarlo.

Preguntas frecuentes

¿Con cinco años exactos corresponden dos meses?

No. La ley vigente exige una antigüedad superior a cinco años. Hasta cinco años corresponde un mes; una vez superado ese límite, corresponden dos.

¿El preaviso forma parte de la indemnización por antigüedad?

No. Son conceptos diferentes y deben calcularse por separado.

¿Puedo seguir trabajando durante el preaviso?

Sí. El contrato continúa vigente, salvo que el empleador libere al trabajador de prestar tareas abonando las remuneraciones correspondientes.

¿Qué pasa si me despiden el último día del mes?

Puede corresponder la indemnización sustitutiva de preaviso, pero no existirían días faltantes de ese mes para calcular la integración.

¿Hay preaviso durante el período de prueba?

Conforme al texto vigente desde marzo de 2026, no se requiere. La fecha del vínculo y la normativa aplicable deben verificarse en cada caso.

Podés consultar los artículos 231 a 239 en el texto actualizado de la Ley de Contrato de Trabajo.

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